Si el consorcio estuviese adscrito a la Administración que ha ejercido el derecho de separación, tendrá que acordarse por el consorcio a quién se adscribe, de las restantes Administraciones o entidades u organismos públicos vinculados o dependientes de una Administración que permanecen en el consorcio, en aplicación de los criterios https://consorcios94837.onzeblog.com/31733691/the-best-side-of-melhores-consorcios-do-brasil